Tras la aprobación de la Propuesta de Ley de reforma del artículo 49 por el Pleno del Congreso de los Diputados el pasado 18 de enero, y siguiendo el trámite legislativo, el Pleno de la Cámara Alta ha aprobado la modificación del artículo 49 por 254 votos a favor, y 3 en contra. La eficacia normativa culminará con la publicación del texto en el Boletín Oficial del Estado.
Es la tercera ocasión en la que es reformada la Constitución y la primera de carácter social, en consonancia con un amplio consenso social y que responde a una demanda firme y sostenida, de casi 20 años, del CERMI, del que la Confederación Española de Familias Sordas – FIAPAS es parte.
La nueva redacción del artículo 49 de la Constitución española sustituye el término “disminuido” por “persona con discapacidad” e incorpora el enfoque de derechos humanos, consagrado por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por las Naciones Unidas en 2006 y en vigor, en España, desde 2008.
Sumándose a esta reclamación, la Confederación Española de Familias de Personas Sordas-FIAPAS recuerda que, con independencia de la calificación de un menor grado o mayor grado de discapacidad, a las personas con discapacidad, como tales, se les ha de garantizar el acceso a los recursos y apoyos indispensables para el pleno ejercicio de sus derechos, puesto que en todo caso se trata de “personas con discapacidad”.