La Confederación Española de Familias de Personas Sordas (FIAPAS), la mayor plataforma de representación de las familias de personas con sordera en nuestro país, muestra su satisfacción por la inclusión de sus propuestas de mejora en materia de accesibilidad, así como referidas a la incorporación del grado de discapacidad sensorial igual o superior al 33% en el cálculo de los umbrales de renta, en el RD 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula en Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025
En el marco de su acción de incidencia política, FIAPAS participó en el trámite de audiencia pública durante la elaboración del Real Decreto por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 y las aportaciones realizadas han sido incorporadas al texto definitivo.
Entre otras propuestas incluidas, FIAPAS había incidido en que a la hora de establecer los umbrales de renta para acceder a los programas de ayudas se tuviera en consideración la presencia de un grado de discapacidad igual o superior al 33% también en el caso de las personas con discapacidad sensorial.
Además, insistió en la consideración de la accesibilidad como clave para permitir el uso de la vivienda y los espacios comunes por parte de las personas mayores y de las personas con discapacidad en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible.
Asimismo, se ha incorporado en la norma la obligación de accesibilidad en las edificaciones de las promociones o procedentes de rehabilitación de edificios objetos del programa de fomento de alojamientos temporales, de modelos de cohousing, de viviendas intergeneracionales y modalidades similares.
Se ha incorporado también la previsión de cuantías adicionales para obras de accesibilidad en el programa de Incremento del parque público de vivienda en el programa de puesta a disposición de viviendas de la SAREB y de entidades públicas para su alquiler como vivienda social y en el programa de fomento de la puesta a disposición de las comunidades autónomas y ayuntamientos de viviendas para su alquiler como vivienda asequible o social.
Desde FIAPAS queremos recordar que, conforme a lo establecido en el Código Técnico de la Edificación, la accesibilidad auditiva para las personas con sordera forma parte de las condiciones de accesibilidad de las edificaciones.
Por último, cabe señalar, que como parte de la acción de FIAPAS en favor de los derechos de las personas con discapacidad en materia de vivienda, también se han realizado aportaciones al Anteproyecto de Ley por el derecho a la vivienda, que actualmente se encuentra en tramitación.




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