La Confederación Española de Familias de Personas Sordas – FIAPAS denuncia que el Real Decreto 163/2025 por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2025-2026 perpetúa la situación de injusta discriminación hacia parte del alumnado con sordera. En este caso, alumnado usuario de prótesis auditivas con sorderas bilaterales medias y moderadas o con sorderas unilaterales.
Madrid, 5 de marzo de 2025. – Esta mañana el Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto 163/2025, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2025-2026, en el que, un año más, se excluye a parte del alumnado con sordera que tiene necesidades educativas especiales.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes insiste en limitar el acceso a las ayudas al estudio a aquellos alumnos que estén en posesión de un certificado con un grado de discapacidad igual o superior al 25%, obviando que el baremo que se aplica para ello es un baremo ajeno al ámbito educativo, que no evalúa las necesidades educativas del alumnado.
Un criterio excluyente
Hasta el año 2020, las necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad se podían acreditar mediante un certificado emitido por los equipos de orientación educativa y psicopedagógica o los departamentos de orientación de las administraciones educativas.
Sin embargo, a partir de la convocatoria para el curso 2020-2021, se introduce, como criterio para acceder a las ayudas, disponer de un certificado administrativo con un grado de discapacidad, lo que deja fuera a parte del alumnado con sordera, particularmente aquel que es usuario de audífonos con sorderas bilaterales medias o moderadas o con sorderas unilaterales, alumnado que también tiene necesidades educativas especiales.
Por ello, FIAPAS lleva años demandando la restitución del criterio que estuvo vigente hasta 2020: permitir la acreditación de las necesidades educativas especiales a través de un certificado expedido por la administración educativa correspondiente, ya que éstas están presentes con independencia de estar, o no, en posesión de un grado de discapacidad calificado administrativamente. Opción que sí se contempla para otros grupos de alumnado con discapacidad que no están en posesión de un certificado de discapacidad.
Desde FIAPAS continuamos trabajando para lograr que el Ministerio elimine el filtro de acceso a las ayudas al estudio y así de respuesta a todo el alumnado con necesidades educativas especiales, sin discriminación alguna.
No podemos olvidar que la razón de ser de esta convocatoria es dar respuesta a estas necesidades educativas, con independencia de cuál sea la causa que las origine.
Becas al estudio de carácter general
Destacamos, no obstante, la mejora que la norma contiene para estudiantes con discapacidad en enseñanzas universitarias o artísticas superiores quienes verán incrementada la cuantía fija de las becas y ayudas al estudio.
SOBRE FIAPAS
FIAPAS, entidad con implantación estatal, constituye la mayor plataforma de representación de las familias de personas sordas en España y trabaja desde hace más de 46 años en la defensa de los derechos e intereses de las personas sordas y de sus familias y la mejora de su calidad de vida.
Comunicación FIAPAS:
Macarena Chamorro (680 544 656) comunicacion@fiapas.es
Carmen Chato (696 822 376) comunicacion2@fiapas.es