En el Día Nacional de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, es obligado reconocer lo avanzado, pero también identificar lo que aún queda por hacer.
La Convención supuso un cambio de paradigma. Situó a las personas con discapacidad como titulares de derechos y no como meras receptoras de protección. Este enfoque ha ido impregnando progresivamente nuestro ordenamiento jurídico y nuestras políticas públicas. Un ejemplo claro es la reciente reforma del artículo 49 de la Constitución, que incorpora un enfoque de derechos e inclusión. Un avance que no se explica sin el impulso constante del movimiento asociativo de la discapacidad y de sus familias.
Sin embargo, veinte años después, el principal desafío sigue siendo trasladar ese marco de derechos a la vida cotidiana. Para muchas personas con sordera, la insuficiencia de recursos de apoyo y la falta de accesibilidad auditiva, a la información y a la comunicación siguen siendo una constante en su vida: en una consulta médica, en el aula, en el entorno laboral o en el acceso a la cultura. Esta realidad evidencia que la brecha existente entre el reconocimiento de derechos y su ejercicio efectivo continúa siendo significativa.
A ello se suma una cuestión de fondo que sigue sin resolverse: la identificación de quién es considerado “persona con discapacidad”. La Convención establece un enfoque basado en la interacción con las barreras, pero en la práctica, en muchísimas ocasiones, seguimos vinculando el acceso a derechos a criterios administrativos, como el reconocimiento de un determinado grado de discapacidad, habitualmente el 33 %.
Puede ser necesario establecer umbrales en determinadas medidas de acción positiva, pero no debería ser así cuando hablamos del ejercicio de derechos. La presencia de barreras, y no un porcentaje, debería ser el elemento determinante.
Otro de los grandes retos es la accesibilidad, y en particular la accesibilidad auditiva, que continúa siendo una dimensión insuficientemente desarrollada. La Convención reconoce el derecho de las personas con discapacidad a expresar y recibir información en igualdad de condiciones y a través de la forma de comunicación que elijan. Sin embargo, este derecho sigue sin garantizarse plenamente en muchos entornos.
Para las personas con sordera que utilizan prótesis auditivas y se comunican en lengua oral, los productos de apoyo a la audición (como los bucles magnéticos, los sistemas de frecuencia modulada o los micrófonos remotos) son esenciales para hacer efectivo ese derecho en la práctica.
No se trata de recursos complementarios, sino de condiciones necesarias para la participación. Sin accesibilidad auditiva, el acceso a la información, a la comunicación y al conocimiento será siempre parcial.
Por ello, resulta imprescindible que la accesibilidad auditiva se incorpore de manera expresa y sistemática en las normas, en los servicios y en el diseño de los entornos.
Veinte años después, no partimos de cero. Existen avances normativos y una mayor conciencia social. Pero el reto no es tanto aprobar nuevas leyes como garantizar el cumplimiento efectivo de las ya existentes.
El verdadero valor de la Convención no está únicamente en su reconocimiento formal, sino en su capacidad para transformar la vida de las personas. Ese sigue siendo, hoy, nuestro principal compromiso.
Mª Carmen Sacacia, presidenta de FIAPAS


