SE PUBLICA EN EL BOE LA LEY DE INFRACCIONES Y SANCIONES

26 Dic 2007Fuente: Noticia

Se ha publicado la Ley 49/2007, de 26 de diciembre, por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. (BOE nº 310, 27-12-2007).

La atención a las personas con discapacidad se refleja hoy en un importante cuerpo legal que permite situarla entre las prioridades estatales de orden social, político y administrativo.
La regulación de las condiciones básicas de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal permitirá comprobar progresivamente en el tiempo el grado de cumplimiento y eficacia en el disfrute de los derechos por parte de las personas con discapacidad.
Por tanto, este texto legal viene a dar respuesta a dicha necesidad y cumplimiento al mandato legal, teniendo en cuenta las exigencias constitucionales de referencia, y toma asimismo en consideración lo establecido por las disposiciones comunitarias, que exigen a los Estados miembros de la Unión Europea la adopción de las normas necesarias para aplicar sanciones en caso de incumplimiento de las disposiciones nacionales.
En la necesidad de una Ley de estas características coincide el movimiento asociativo español de la discapacidad y sus familias, que ha expresado tanto ante las Cortes Generales como ante el Gobierno de la Nación, la conveniencia de dar cumplimiento, en el menor tiempo posible, al mandato de la disposición final undécima de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre.
Este régimen de infracciones y sanciones se aplicará en todo el territorio del Estado, sin perjuicio de las infracciones y sanciones que las Comunidades Autónomas puedan establecer en ejercicio de sus competencias propias que, en todo caso, garantizarán la plena protección de las personas con discapacidad, ajustándose a lo dispuesto en la presente Ley.
La Ley se estructura en tres títulos. El Título Preliminar define el objeto de la Ley. En el Título I se define el régimen común de infracciones y sanciones y el Título II establece las normas específicas de aplicación por la Administración General del Estado.
La Ley concluye con seis disposiciones adicionales y dos finales, en las que se recoge el fundamento constitucional de esta Ley y se fija su entrada en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.