LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PODRÁN DELEGAR LA SOLICITUD DE VOTO POR CORREO

16 Ene 2008Fuente: Noticia

Desde el 15 de enero hasta el 28 de febrero, los españoles que quieran votar por correo en las elecciones generales o en las andaluzas del próximo 9 de marzo pueden solicitar el certificado de su inscripción en el Censo Electoral.

La solicitud tiene que ser realizada de forma personal por cada votante, que debe presentarla en una oficina de Correos, salvo en casos de enfermedad, discapacidad y otros supuestos en los que es posible tramitar la solicitud por a través de otra persona, mediante un poder notarial, según informa Correos.
 
Correos se encargará de entregar las solicitudes a las Delegaciones Provinciales correspondientes de la Oficina del Censo Electoral.

Tras este paso, la documentación electoral -certificado de inscripción en el Censo, papeletas y sobres de votación- será remitida entre el 18 de febrero (26 de febrero, si se producen impugnaciones a alguna candidatura) y el 2 de marzo.

Hasta el 5 de febrero se podrá hacer efectivo el voto por correo y entregarlo en sobre cerrado en una Oficina de Correos.

Una vez depositado en Correos, la empresa pública lo registrará como un "certificado urgente" y lo custodiará hasta el día de la votación, que será cuando lo entregue a la mesa electoral correspondiente.