FIAPAS celebra la reforma de la Ley de Mecenazgo

27 Abr 2023Fuente: POAS Noticia
POAS

La Plataforma del Tercer Sector (PTS), que representa a 28.000 entidades sociales entre las que se encuentra el CERMI (y por tanto FIAPAS)celebra la reforma de la Ley de Mecenazgo aprobada este miércoles en la Comisión de Hacienda del Congreso de los Diputados.

Con los cambios realizados, se busca modernizar y sustituir la anterior legislación en esta materia incorporando nuevos estímulos fiscales al mecenazgo y actualizando los ya existentesLa reforma normativa supone un importante paso en el reconocimiento de la labor que las entidades no lucrativas llevan a cabo en España para cumplir los fines de interés general. Las entidades no lucrativas desarrollan una actividad social fundamental y son la expresión de la acción filantrópica, del compromiso, del altruismo y de la sensibilidad individual y social. 

Principales cambios incluidos en la reforma:

  1. Se estimula el micromecenazgo y se incrementan los porcentajes de deducción: en el caso de personas físicas, se eleva de 150€ a 250€ la base sobre la que se puede deducir el 80% de la donación del IRPF y por el resto habrá un 40% de deducción (en lugar del 35% vigente). En el caso de personas jurídicas, las deducciones en el impuesto sobre sociedades también pasan del 35 al 40%. En ambos casos, para premiar el mecenazgo sostenido, la deducción aumenta al 45% en el caso de personas físicas y al 50% para las personas jurídicas (ambos ahora al 40%) si, en los dos años anteriores, se ha realizado la donación a la misma entidad al menos por el mismo importe.
  1. Se actualiza el concepto de donativos y donaciones, incorporando las donaciones de servicios (asesoramientos y consultoría, espacios de publicidad en medios de comunicación, donaciones destinadas a la rehabilitación arquitectónica de bienes de interés cultural y donaciones de espacios naturales protegidos o de bienes culturales de autores reconocidos, y todo tipo de cesiones de uso de inmuebles). De este modo, se equipara a otras legislaciones europeas en las que se define al mecenazgo más allá de la simple transacción económica.
  2. Se incluye el denominado mecenazgo de reconocimiento o recompensa que permite que el donante obtenga retornos simbólicos en forma de contraprestación de bienes o servicios, siempre que no representen más del 15% del valor de la donación con un tope máximo de 25.000 €.
  3. Se amplían las modalidades de explotaciones económicas exentas, cuando sean desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro, en las siguientes actividades: desarrollo e innovación, prestaciones de servicios de inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión social y de enseñanza y formación profesional vinculadas a estudiantes de altas capacidades.
  4. Se refuerza el automatismo por aplicar exenciones de tributos de competencia local a los bienes de entidades sin ánimo de lucro.

    La aprobación de esta reforma de la ley es el resultado del trabajo colectivo del Tercer Sector, que lleva años reclamándola, y su interlocución con el Congreso y con el Ministerio de Hacienda y Función Pública. La Plataforma del Tercer Sector ha participado en estos trabajos, liderados por la Asociación Española de Fundaciones a través de la campaña #MecenazgoAquíAhora, junto a otras organizaciones.